El tema de tesis final surgió, luego de varias conversaciones, por el
hecho del poco tratamiento que tiene a nivel Doctrinal y su escasa
comprensión y aplicación en sede Jurisdiccional. Además de su
importancia por las altas sumas de dinero que se solicitan a devolución
todos los años ante el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I en
adelante) por este concepto.
Las pérdidas, para definirlas a priori y poder entender en
adelante las entradas que se relacionan a ellas, podemos decir que son
las operaciones, más bien dicho, los resultados en las operaciones que
provocan disminuciones en el patrimonio (real o financiero) de una
empresa. Por consiguiente, representan la disminución de valor de la
empresa, en otras palabras supone que en las operaciones que realiza
ésta no se ha podido recuperar el gasto producido a lo largo del
ejercicio comercial y por ello, al finalizar este ejercicio, el valor de
la empresa es menor que la inversión inicial.
Esta aproximación inicial, para centrar un poco los temas que se
tratarán (más adelante, por supuesto) en el blog, fue el punto de
partida para definir el tema de tesis, ¿por qué? Porque estos resultados
negativos, nuestra legislación en el artículo 31 Nº3, permite que en el
caso que hayan absorbido parcial o totalmente utilidades acumuladas,
puedan ser solicitados a devolución (esto es en términos generales el
tema de investigación de la Tesis)
De ahí en adelante surgen la mayoría de los problemas de investigación, entre ellos:
- Determinar la correcta aplicación de la poca legislación y reglamentación existente.
- La forma y plazo para realizar la solicitud
- y Principalmente, que debemos entender por Pérdidas Tributarias en el caso (que se diferencian por una serie de aspectos de las pérdidas en sí), para la aplicación de la normativa Tributaria.
Que difícil sería abordar este tema sin tus conocimientos previos sobre contabilidad...suerte Karl, dura tarea se te avecina!
ResponderEliminarMe dio un poco de flojera leer esto, pero bueno, el tema es totalmente tú.
ResponderEliminarHablando en serio, sabes que tienes a tu disposición toda mi ayuda en lo que es forma de tesis, redacción y similares :) (fondo no, porque el solo ver las calculadoras me trajo malos recuerdos xD)
Éxito!
No te debería dar flojera! los impuestos te seguirán durante toda tu vida.. pagarás IVA en casí todas tus transacciones comerciales, y por el solo hecho de trabajar tendrás que pagar impuesto de 2da Categoría...
ResponderEliminarEn todo caso debo reconocer que para el común denominador de las personas es un tema super aburrido, incluso para algunos abogados que "medio" se dedican a ello...
Duh, pero para eso te tengo/tendré a ti.
ResponderEliminarY claro, una cosa es saber del tema y otra cosa es encontrarlo entretenido... y creo que ambos sabemos de eso u-know? xD